Los miembros de la Asociación Nacional de Guías de Montaña (ANGM), al promocionarse como personas naturales o empresas, y al ofrecer servicios profesionales o participar en actividades relacionadas con la ANGM, deberán cumplir las siguientes normas:
1. Seguridad y Responsabilidad Profesional
- Seguridad del cliente:
Priorizar la seguridad de sus clientes, gestionando los riesgos de manera razonable de acuerdo con su formación y experiencia.
(Aplica a Guías UIAGM, Guías ANGM y Guías Locales asociados a la ANGM.) - Asistencia en situaciones de emergencia:
Ayudar a colegas o miembros del público en dificultad al aire libre, siempre que esto no comprometa la seguridad del cliente o del guía. - Certificación adecuada:
Ofrecer servicios profesionales únicamente en áreas permitidas por su nivel de certificación y dentro del alcance de práctica de la ANGM.
2. Comportamiento Ético
- Mantener el honor y la reputación de la ANGM en todas las acciones.
- Asegurar que las responsabilidades profesionales sean claras, comprendidas y respetadas.
- Evitar críticas destructivas o comentarios abusivos hacia la Asociación o sus miembros.
3. Cumplimiento de Obligaciones
- Estatutos y políticas:
Seguir los estatutos, políticas y decisiones del Comité de Revisión de Conducta de la ANGM. - Desarrollo profesional:
Participar regularmente en actividades profesionales y cumplir con los estándares educativos establecidos. - Representación adecuada:
Representar su certificación de manera veraz y conforme a los estándares de la ANGM.
4. Legalidad y Regulaciones
- Poseer permisos, licencias o acuerdos válidos para operar en tierras públicas.
- Garantizar que el seguro de responsabilidad civil cumpla con los requisitos legales y laborales.
5. Prácticas Culturales e Inclusivas
- Respetar protocolos culturales locales al trabajar en el extranjero.
- Promover la dignidad y los derechos humanos de todas las personas, sin discriminar por género, orientación sexual, etnia, religión, ascendencia, edad o capacidades.
6. Conducta Inaceptable
Ejemplos de acciones que no serán toleradas:
- Agresión física, verbal o electrónica.
- Amenazas, intimidación o acoso sexual.
- Comentarios ofensivos sobre características personales.
- Exclusión injustificada de actividades sociales o laborales.
- Desvaloración o desestimación de opiniones sin causa razonable.
Este código busca garantizar la excelencia profesional y el respeto mutuo entre los miembros de la ANGM y las comunidades en las que trabajan.